En cumplimiento a la ley 217 Protección, Control y Cuidado de Animales Domésticos
Ante las bajas temperaturas la Alcaldía de Tarija a través de la unidad de Zoonosis intensifica los controles para notificar y sancionar a las personas que dejan en las calles a sus mascotas.
Ley Municipal
Articulo 7 (Obligaciones)
II (Obligaciones de los titulares y Custodios)
- Proporcionar un espacio físico adecuado, protección de las condiciones climáticas
- Brindar agua y comida en la calidad y cantidad necesaria para su vida
- Controlar el ciclo reproductivo y esterilizarlo como máximo después del primer celo o antes del primer año de edad
- Proporcionar un identificativo de acuerdo a registro municipal
Artículo 15 (Acciones que se consideran maltrato animal)
- Limitar el libre movimiento de un animal, mediante ataduras o jaulas, aislarlos en terrazas, sótanos u otros
- Descuidar la alimentación y agua necesarios
- Descuidar sus condiciones de higiene, abrigo u otras que sean necesarias para su bienestar
- Golpear a un animal de cualquier forma o causarle dolor mediante actitudes violentas innecesarias
- DEJAR A LA INTERPERIE ANIMALES QUE TENGAN DOMICILIO Y DUEÑO
Artículo 16 (Infracciones)
Cualquier omisión o negligencia, acción que resulte en un animal enfermo, herido, maltratado o muerto
Artículo 17 (Sanciones) 3.24 Bs. (valor UFV aprox.)
- Infracciones leves 134 a 358 UFV
- Infracciones graves 358 a 538 UFV
- Infracciones muy graves 672 a 896 UFV
Redacción
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